A través de la Ordenanza 36/2020, se prohíbe toda actividad de quema en la Jurisdicción de la Ciudad de San José hasta contar con un Protocolo que establezca los lineamientos que deberán cumplimentarse en caso de que la misma se encuentre en condiciones de ser realizada y autorizada.
La Normativa establece como autoridad de aplicación al Área de Ambiente de la Ciudad de San José, quien deberá crear un Protocolo para habilitar la quema, bajo las condiciones que estime pertinente, cuando no haya otra alternativa viable. El mismo deberá ser estudiado, consensuado y elaborado entre la Autoridad de Aplicación, el Honorable Concejo Deliberante, Inspección Municipal y Bomberos Voluntarios de la Ciudad de San José.
Al momento de conformar el protocolo, se deberán establecer condiciones y requisitos para realizar la autorización de las quemas, que deberán contemplar, parámetros de preservación del suelo, flora y fauna y requisitos técnicos para prevenir el riesgo de propagación del fuego y resguardar la salud y seguridad pública. Así como también la delimitación de zonas de prohibición de quema.
Los Concejales Miguel José Velzi y Carlos Federico Germanier fueron elegidos por el Honorable Concejo Deliberante para representarlo.
El incumplimiento de la Ordenanza será considerado como una falta grave, y la multa oscilará entre $21.000 y $35.000, monto que será destinado a Bomberos Voluntarios de la Ciudad de San José.
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