En virtud de la Ordenanza N° 1996 que establece la facultad del Municipio de ejecutar trabajos de limpieza de baldíos en caso de incumplimiento por parte de sus propietarios, la Municipalidad de Villa Elisa convoca a personas dedicadas a corte de pasto y desmalezamiento a inscribirse en este registro con el fin de ser considerados al momento de requerirse terceros para desarrollar la tarea.
Cabe destacar que quienes se ofrezcan para esta tarea deben estar en condiciones de emitir factura por dicho trabajo.
La Ordenanza 1996 establece las regulaciones sobre el mantenimiento de inmuebles edificados o baldíos ubicados en jurisdicción municipal.
Es obligación del propietario el mantenimiento de terrenos baldíos o predios edificados, en perfecto estado de compactación, higiene, conservación y limpieza a fin de preservar la salubridad de la población, estética y seguridad (también es extensivo a las aceras espacios verdes frente a las propiedades):
• La eliminación de malezas, objetos en desuso, chatarras, desperdicios domiciliarios, corte de pasto.
• La desratización y desinfección del lote.
• El relleno y la compactación de los terrenos baldíos y aceras con material adecuado y aprobado por el área pertinente del departamento de Obras Públicas.
La falta de cumplimiento será sancionada con multas de 50 a 200 UF.
En caso de considerarse necesario, el Departamento Ejecutivo Municipal está facultado para la ejecución de los trabajos de limpieza, pudiendo realizarlos de directa o mediante la contratación de terceros. El costo de dicho trabajo deberá afrontarlo el titular del inmueble
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