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Sociedad

Autorizan en San José las salidas individuales de esparcimiento

Serán en forma de caminatas en los horarios de 13 a 17 horas, sin alejarse más de 400 metros del domicilio.

El Decreto 083/2020 del Municipio sanjosesino autoriza salidas individuales de esparcimiento: caminatas en los horarios de 13 a 17 horas. Para los casos de niñas y niños de hasta doce (12) años de edad, se autoriza la salida en compañía de un adulto mayor conviviente y son las personas mayores quienes deben regirse por la terminación de DNI.

Se debe respetar la terminación del DNI, podrán salir: (PARES: lunes, miércoles y viernes. IMPARES: martes, jueves y sábados); y el uso obligatorio de cubre boca, nariz y mentón o barbijo casero (menores de 2 años no deben usarlo); sin alejarse más de cuatrocientos (400) metros de su domicilio, con la modalidad a la vuelta de su manzana o radio de su vivienda, del barrio al que pertenezca, con una duración máxima de sesenta (60) minutos.
Cabe destacar que las salidas deberán ajustarse a algunas pautas sumamente necesarias como lo son el distanciamiento físico entre peatones, no menor a 2 metros. Se prohíbe el uso de juegos infantiles y/o aparatos recreativos dispuestos en espacios públicos para hacer actividad física, no podrán realizar estas salidas los adultos mayores que se encuentren en hogares o residencias geriátricas o gerontológicas, entre otras.

No podrán realizar estas salidas las personas que presenten síntomas tales como angina, fiebre, resfrío, estados gripales, entre otros.

Se recomienda a la población que durante las salidas dispongan de alcohol en gel, y pañuelos descartables o servilletas personales para higiene frecuente.

Al momento de regresar al domicilio se debe llevar a cabo una correcta hiegiene.

Además el decreto contempla la ampliación del límite horario a los comercios vinculados al rubro alimenticio y farmacias hasta las 20:30hs.

Asimismo se prorroga el asueto administrativo del personal municipal, a excepción de los equipos y/o servicios esenciales de las distintas áreas de la Municipalidad, conforme a lo previsto en el decreto local 054/2020; y el decreto provincial N°663, hasta el 24 de mayo del corriente año.

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