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Economía

Créditos a tasa cero para monotributistas, por Franco Scorians

¿Puedo acceder a la financiación?, ¿es conveniente?, ¿qué requisitos tengo que cumplir?, ¿qué no puedo hacer una vez que lo obtengo?

En la presente nota respondemos a todas estos interrogantes, y te contamos lo más importante de la amplia normativa en cuestión: Decreto 512/2021 PEN, Resolución 503/2021 del Ministerio de Desarrollo Productivo, RG 5058/2021 AFIP y Com. A 7342 BCRA.
Los créditos a tasa 0 ya no son una novedad y este año, al igual que en 2020, se repite la experiencia con algunas nuevas condiciones y con cambios que te resumimos en la presente nota. El beneficio es creado por un programa, el cual fue establecido en el Decreto 512/2021 con fecha 13/8/2021 y consiste básicamente en la posibilidad de obtener un préstamo sin destino específico, con subsidio del 100% del costo financiero total.

Para los monotributistas, esta forma de financiación, representa una herramienta para apuntalar el proceso de recuperación económica. Según datos de la AFIP, durante 2020 la iniciativa ofreció financiamiento a 562.000 pequeños contribuyentes que accedieron a un monto superior a los $ 66.000 millones. En dicho lapso se emitieron más de 249.000 tarjetas de crédito nuevas a monotributistas, los cuales no contaban con una al momento de solicitar el mismo, lo cual, entre otras cosas, permitió la inclusión financiera de este sector hasta el momento relegado. Dichos créditos, son garantizados por el Ministerio de Desarrollo Productivo y se tramitan a través de la página web de la AFIP. En el caso de poder acceder al mismo, las entidades financieras acreditarán los fondos en un solo desembolso en la tarjeta de crédito que cada pequeño contribuyente haya cargado previamente.

Los créditos cuentan con 6 meses de gracia para comenzar a pagar las cuotas y la cancelación se realizará en 12 cuotas mensuales iguales, consecutivas y lo más importante sin interés. Esto quiere decir que la primera cuota se empezará a pagar al séptimo mes, desde que se acreditó el préstamo.

Actualmente se encuentra operativo el web service que permite hacer la solicitud, el cual se denomina “Crédito Tasa Cero”. Según datos oficiales, en menos de 72 horas ya habían sido solicitados más de 80.000 préstamos.
Al acceder con clave fiscal al sitio web de la AFIP, el monotributista podrá saber si, de acuerdo a los criterios fijados por la normativa del Ministerio de Desarrollo Productivo, está o no habilitado a acceder al préstamo. El monto mínimo que se podrá solicitar es de $ 10.000 y el máximo dependerá de la categoría del monotributo que poseía previo a la última recategorización (la vigente al 30/6/2021). Los montos máximos posibles de acuerdo a dicha categoría son los siguientes: Categoría “A”: hasta $90.000, Categoría “B”: hasta $120.000 y para las Categoría “C” en adelante hasta $150.000.

El trámite se inicia a través de la página web de la AFIP con clave fiscal habilitada con nivel de seguridad 2 como mínimo. Al acceder los monotributistas deberán entrar en el web service antes mencionado, “Crédito Tasa Cero”, donde podrán ver el monto del crédito al que podrán acceder de acuerdo a su categoría. Para finalizar el trámite, los interesados deberán seleccionar la entidad financiera donde está emitida su tarjeta de crédito. Los fondos se acreditarán en esa tarjeta en un solo desembolso. Quienes no posean tarjeta de crédito deberán seleccionar el banco con el que operan habitualmente, de manera que el mismo emita la correspondiente tarjeta de crédito, como mencionáramos recientemente.

Un dato importante a tener en cuenta es, aquellos monotributistas que accedieron a un Crédito a Tasa Cero en 2020 pueden volver a solicitarlo, según lo establece el art. 6 del Decreto 512/2021. Sin embargo, cuando el solicitante se encuentre en una situación de mora, la entidad financiera destinará el nuevo crédito para cancelar el saldo adeudado del préstamo anterior, y el beneficiario podrá gozar libremente del saldo, si quedara remanente. Asimismo, aquellos casos en los cuales la entidad financiera otorgante del crédito hubiera iniciado la ejecución o ejecutado la garantía del Fondo de Garantías Argentino (FoGar), estarán excluidos del beneficio previsto por el programa bajo análisis, por lo cual en este caso NO podrán solicitar el crédito tasa cero, ni si quiera para cancelar total o parcialmente el monto adeudado.

Los Créditos a Tasa Cero contarán con una garantía del Fondo de Garantías Argentino (FoGar) y la bonificación de la tasa de interés se realiza mediante el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP).

¿Qué criterios deben cumplir quienes solicitan un Crédito a Tasa Cero?
No prestar servicios en el sector público nacional, provincial o municipal. Se considera que prestan servicios en esos sectores cuando al menos el 70% de su facturación haya sido emitida a favor de jurisdicciones o entidades del sector público.
No percibir ingresos por estar en relación de dependencia o por jubilación, o estén inscriptos en el SIPA como trabajadores autónomos.
No estar en situación crediticia 3, 4, 5 o 6 informada por el BCRA.
Tener CUIT Activa.
Haber estado inscripto en Monotributo a mayo de 2021 o en un período anterior.
No estar inscripto en el Impuesto a las Ganancias.
No tener la condición de sucesión indivisa.
No tener registrada una fecha de fallecimiento.
Adicionalmente deberán cumplir dos condiciones con respecto al nivel de facturación y de compras:
El promedio mensual de facturación electrónica del 1° semestre del 2021, o desde la fecha de inicio de la actividad, no debe superar a 1,2 veces del límite inferior de tu categoría. Para la categoría A, el promedio mensual de la facturación electrónica no debe superar $20.800. En el caso de servicios prestados al sector público nacional, provincial o municipal no deben superar el 70% de tu facturación electrónica del promedio del 1° semestre del 2021 o desde la fecha de inicio de la actividad.

El promedio mensual de compras del 1° semestre del 2021, o desde la fecha de inicio de la actividad, debe ser menor al 80% de 1,2 veces del límite inferior de tu categoría. Para la categoría A, el promedio mensual de compras no debe superar el 80% de $20.800.
Como contrapartida, según lo establecido en la comunicación A7342 del BCRA, quien obtengan el crédito a tasa cero, no podrá:
Concertar ventas en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos o transferirlos a entidades depositarias del exterior y según lo establecido en el art. 8 del D 512/2021
No podrán acceder al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) para realizar operaciones correspondientes a la formación de activos externos.
Los créditos podrán solicitarse hasta el 31/12/2021 y habrá tiempo hasta el 20/1/2022 para terminar de completar los trámites en la entidad bancaria, según lo establecido en la RG 5058/2021 AFIP.

Finalizando, cabe mencionar que, de poder acceder al mismo, resulta conveniente, por al menos dos motivos. El primero es que el costo financiero es cero, y el segundo es que el periodo de gracia es de 6 meses. Al estar inmersos en un proceso inflacionario importante, no solo que no tenemos costo financiero, sino que devolvemos cuotas fijas sobre un monto con un “atraso” de 6 meses, lo cual en términos nominales resultará ser el mismo, pero en términos reales será significativamente menor. Para los pequeños comerciantes es una oportunidad para financiar compra de mercadería o pequeñas refacciones dentro del local comercial que le permitan posicionarse de mejor manera con respecto a la competencia. Para los prestadores de servicios, estos podrán incorporar mobiliario o adecuar el espacio que destinan a la prestación del servicio en cuestión. En última instancia, como el préstamo no tiene un destino específico, podrá ser aplicado para el consumo o la adquisición de cualquier bien necesario por fuera de la explotación unipersonal; y en última instancia podrá aplicarse a reducir la deuda que mantenemos con los servicios financieros, sin costo de refinanciación. En el caso de quien no cuente con tarjeta de crédito, será una forma de acceder a la misma y como consecuencia, es un paso más hacia la inclusión financiera de sectores relegados.

Tal como hemos analizado en la presente nota, las condiciones a cumplir son muchas, sobre todo cumplir con los niveles de facturación o de compras que la norma establece. Por lo tanto, si estas en condiciones de solicitarlo, aconsejamos que no dudes en pedirlo, ya que el préstamo de dinero es sin costo de financiación, el cual no existe actualmente en ningún sector financiero actual. El dinero siempre tiene precio, y dicho precio es la tasa de interés. En este caso, como la tasa de interés es subsidiada -a través de los mecanismos que mencionamos recientemente- para el Estado por supuesto que representa un costo y justamente lo realiza en post de generar incentivos o ventajas al segmento al que fue orientado. Creemos que las exigencias son tales, ya que fue diseñado para financiar a los sectores que más lo necesitan, en años en la contracción de la economía por efectos de la pandemia fue significativa.
Desde contanews.com.ar, bregamos por la inclusión y educación financiera. Si te surgen dudas o comentarios, te invitamos a que nos escribas y y si te resultó interesante la publicación la podés compartir en tus redes sociales con los botones que se encuentran al final de la página.
Franco Scorians
Contador Público (UNLP)
Especialista en Tributación (UNLP)
Mat. 4661 C.P.C.E.E.R
Remedios de Escalada Nº 1580 – San José (E.R)
[email protected]
linkedin.com/in/franco-scorians-76268335
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Creditos Tasa cero Monotributo

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