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Economía

Contribuyentes elisenses: ¿Ya tienen su domicilio digital?

La Declaración Jurada deberá ser firmada y entregada en dependencia municipal.

Por Ordenanza municipal, personas físicas y jurídicas radicadas en Villa Elisa e inscriptas en, al menos una de las siguientes tasas o impuestos: T.I.S.H.P. y S., Fondo Becario Municipal, Tasa General Inmobiliario (TGI) o Servicios Sanitarios de liquidación unificada; tendrán que declarar formalmente su domicilio digital.
El domicilio digital o electrónico es una herramienta que representa un avance significativo en materia de modernización, agiliza la comunicación con el contribuyente y favorece avanzar en la reducción del uso de papel en dependencias municipales.
El inicio del trámite de alta del domicilio digital está dado por la declaración por parte de las personas de un correo electrónico, que se incorpora a la base de datos de domicilios digitales del Municipio.
Para declarar el correo electrónico (domicilio digital), los contribuyentes deberán -por única vez-descargar desde la web www.villaelisa.gov.ar el “Formulario de Declaración Jurada de Domicilio Electrónico” para ser completado.
Luego de ser completado con los datos requeridos, el formulario deberá ser firmado de forma presencial en dependencia municipal, donde además se hará la entrega del documento.

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